LO QUE DANTE SICA OLVIDÓ

¿Cuánto cuesta un empleado?

El costo empresario laboral es un 50% mas de cada salario. Es un tema que siempre obviaron los sindicalistas argentinos. También decidieron ignorarlo los políticos, decididos a recaudar y recaudar para atender un gasto público elefantiásico. Pero no hay posibilidad de resolver el problema del empleo sin una revisión del costo laboral. El tema es abordado por Juan Pablo Chiesa en su próximo libro (el 2do), "Breve historia de la seguridad social en Argentina". El siguiente análisis tiene que ver con eso: La realidad del costo laboral en la argentina es que a una empresa que emprende y arranca su negocio para poder salir de la crisis, si tiene la intención de tomar un empleado, debe afrontar un costo laboral casi un 57% del sueldo que se lleva en la mano el empleado.

Las cargas sociales son el conjunto de contribuciones a la seguridad social que el empleador tiene la obligación de pagarle al Estado, todos los meses, en concepto de impuesto al trabajo; y asi también, son los aportes a la seguridad social que todo empleado debe aportar al sistema mediante la retención que le hace su empleador por medio de su recibo de haberes.

Estos aportes a la seguridad social que el empleador le retiene todos los meses a sus empleados, están reflejados en su recibo de haberes, y tienen como destino a las jubilaciones y pensiones (11%), a la obra social del Pami (3%); y a la obra social (3%), todo esto representa el 17% del salario bruto de cada dependiente.

Además de los aportes y contribuciones que todo empleador paga por cada empleado, esta obligada a pagar la cuota sindical, la cuota mutual y la cuota de sepelios, entre otras, erogaciones impuestas por los sindicatos acorde a cada CCT (contrato de trabajo) aplicable.

Se suma a estos costos, pero no forman parte de las cargas sociales, la alícuota correspondiente a las Aseguradoras de Riesgo del Trabajo (ART) que, según la actividad de cada empresa, varían desde el 2% al 8%, según el riesgo de la actividad laboral.

En materia de contribuciones, a cargo del empleador, este tributa, mediante la plataforma virtual de AFIP, y según el Decreto 814/2001 modificado por la Ley 27.430 de reforma tributaria 2018 el siguiente esquema del 01/02/2019 al 31/12/2019.

La diferenciación del inciso A y B del DTO 814/2001 adolece a grandes empresa y pymes respectivamente.

Sin perjuicio al incremento de las alícuotas patronales, se dispuso una suba en el mínimo no imponible del tope de detracción que Asencio de $2.400 en 2018 a $7.003,68 desde enero de 2019 hasta el mes diciembre de 2019 que se irá incrementando hasta el año 2022.

Estos $7.003,68 son una detracción que el empleador puede deducir de cada empleador acorde al minimo no imponible actual de $17.509,20.

Las variables económicas y las variaciones de precios, sumado los picos inflacionarios, trasformaron la reforma tributaria, obligando al Ejecutivo, tratar, año a año, el minimo no imponible se eleve.

De todos modos, el minimo, no se equipara a la suba de las alícuotas y la equiparación con las grandes empresas.

La ley 27430 modifica el Art. 2 y establece un cronograma que culminara con una alícuota única del 19.50% para los dos regímenes.

Para su mejor y asombrada comprensión, les dejo un ejemplo.

Un empleado tiene un sueldo neto de bolsillo de $16.600 (Sueldo Bruto sujeto a retenciones $20.000).

Entre los aportes y contribuciones la alícuota es del 41% de su salario bruto, le representa $8.200.

Se abona por la cuota sindical, mutual y sepelio, aproximadamente el 4% del salario Bruto, total $900.

Se tributa por la Ley de Riesgos en concepto de ART, siendo las alícuota mas baja del 2% del salario bruto, $400.

Como pueden deslumbrar, a una empresa, por cada empleado, tiene un costo laboral altísimo, de un empleado que gana en mano $16.600, se le suma $9.500 de costos laboral.

La realidad del costo laboral en la argentina es que a una empresa que emprende y arranca su negocio para poder salir de la crisis, si tiene la intención de tomar un empleado, debe afrontar un costo laboral casi un 57% del sueldo que se lleva en la mano el empleado.

Las empresas no toman gente no porque no quieren, sino porque no pueden.

Los especialistas creemos que es momento de impulsar un plan de blanqueo laboral mediante una reforma laboral sin tocar las Ley de Contrato de Trabajo ni avasallar ningún derecho laboral, solo graduando y reduciendo el costo laboral.

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