Ratificaron denuncia contra Miguel Bonasso

El diputado nacional PRD-Ciudad de Buenos Aires, Miguel Bonasso, fue denunciado por, supuestamente, utilizar dineros públicos para realizar su proselitismo personal. El denunciante es Humberto Bonanata, de Notiar.com.ar/

Durante los últimos días, Miguel Bonasso ha formulado denuncias afirmando que, a través del correo electrónico, se lo ha amenazado y corre riesgo su vida.

Así, Bonasso confirmó lo que siempre sostuvo en vida Rodolfo Galimberti: que si escuchaba un disparo de cebita, hacía cuerpo a tierra.

Bonasso, un exponene del mediocre Universo K, logró que María Romilda Servini de Cubría, la jueza amiga de Jorge Antonio y Carlos Corach, entre otros integrantes de los días del menemismo, ordenara detenciones en algún caso muy cuestionable.

Pero a Bonasso también lo han denunciado, y aquí va el texto:

SEÑOR JUEZ:

HUMBERTO BONANATA, abogado, Tomo 26 Folio 939 del C.P.A.C.F., por mi derecho, con D.N.I. n° ..11.960.783, con domicilio real en la calle Rodríguez Peña 1015 7mo. Piso de esta ciudad, con el patrocinio letrado del Dr. DENIS PITTÉ FLETCHER, abogado, tomo 35 folio 68 del C.P.A.C.F., C.U.I.T. 20-13.770.195-3, I.V.A. responsable no inscripto, con domicilio legal en la calle Lavalle nº 1447 -primer piso "4"- de esta ciudad, a V.S. me presento y DIGO:

I

OBJETO: Que de conformidad con las circunstancias de hecho y de Derecho que expondré seguidamente, vengo a formular denuncia penal contra el diputado nacional Miguel Bonasso, cuyo domicilio ignoro pero que es persona de público conocimiento, por la comisión del delito tipificado por el art. 261 del Código Penal.

Solicito se proceda a la instrucción del sumario correspondiente, y, oportunamente, se disponga el procesamiento del denunciado y de otros partícipes que la investigación pueda determinar.

II

COMPETENCIA: En función de lo dispuesto por el art. 33 inc. "d" del C.P.P. y del carácter de diputado nacional del denunciado, la Justicia Federal resulta competente para entender en la causa.

III

HECHOS: Conforme se desprende del correo electrónico que agrego en forma impresa, he recibido en mi dirección de correo electrónico correspondiente al servidor Fibertel un e-mail enviado por el diputado nacional Miguel Bonasso, con dirección '[email protected]'.

En el mail recibido, que se corresponde con la página impresa que adjunto, se observan diversos temas vinculados con la actividad política partidaria de Bonasso, los que pueden ser escuchados mediante la computadora abriendo cada uno de los ítems allí existentes.

Se oye en cada grabación a un interlocutor de Bonasso efectuándole diversas preguntas, y a éste dando sus respuestas en el marco del tema propuesto.

Hasta aquí no habría mayor inconveniente, más allá de tener que recibir en mi casilla de correo mensajes no deseados (los conocidos SPAM), como son los vinculados a Miguel Bonasso.

Pero el asunto es que el denunciado utiliza para hacer su campaña política un servicio pagado por la administración pública, cual es el de correo electrónico.

Esta conducta, incursiona sin lugar a dudas en la figura del art. 261 del Código Penal, en cuanto se trata de un 'funcionario público' que emplea en provecho propio un servicio pagado por el Estado Nacional.

En consecuencia, entiendo que dicha conducta debe ser investigada por V.S. y, para el caso de comprobarse los hechos que describo, se disponga el procesamiento del imputado, sin perjuicio de requerir el correspondiente desafuero (arts. 8, 189 y concordantes del C.P.P.).

Desde ya dejo ofrecido mi propio testimonio, poniendo a disposición de V.S. mi computadora para que se efectúe la pericia del caso.

PROVEA V.S. DE CONFORMIDAD, Y:

SE HARÁ JUSTICIA.

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