Proyecto: Devolución del premio jubilatorio de los docentes

Los docentes bonaerenses realizan desde hoy un paro en reclamo de una mejora salarial y devolución del premio jubilatorio al que accedían. El gobierno provincial sostiene que en el mes de julio de 2004 los docentes han recibido un aumento y no piensa dar el brazo a torcer y lanza críticas contra el gremio docente. Aumento o no, los docentes continúan cobrando una miseria.

Los docentes bonaerenses que continúan con su paro por un reclamo salarial, entre otras exigencias, no asistieron a la conciliación obligatoria con el gobierno.

El ministro de Trabajo, Roberto Mouillerón, declaró que si no se acata la conciliación obligatoria, "se le podría quitar la personería gremial a los sindicatos docentes, y nosotros vamos a labrar un acta a los efectos de aplicar sanciones desde nuestro ministerio".

El gobernador de la provincia de Buenos Aires, Felipe Solá, calificó de "abusiva" la actitud de los docentes por desatender la conciliación y continuar con el paro de 48 horas iniciado hoy. "Hay un abuso clarísimo de sumisión gremial, hay un abuso del instrumento de la huelga, y eso hace que pierda sentido la protesta", consideró Solá.

Otro de los reclamos de los docentes bonaerenses es la devolución del premio jubilatorio al que accedían los maestros y que fue recientemente eliminado. El diputado provincial por el radicalismo, Gustavo Ferrari, presentó en proyecto de ley que restablece la vigencia del artículo 39 del Estatuto del Docente y los docentes juntan firmas para presentar ante la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, Comisión de Educación. El formulario puede ser obtenido en [email protected].

Los puntos principales del proyecto de ley son los siguientes:

·"El personal docente titular que al momento de su cese, acredite una antigüedad mínima de treinta (30) años de servicios y cuya baja no tenga carácter de sanción disciplinaria, tendrá derecho a una retribución especial, sin cargo de reintegro, equivalente a seis (6) mensualidades de su última remuneración regular y permanente, sin descuento de ninguna índole, que deberá serle abonada en una única vez, dentro de los treinta (30) días de producido el cese".

·"El personal docente que acredite veinte (20) años de servicios recibirá cuatro (4) mensualidades en las mismas condiciones que las establecidas en el párrafo anterior".

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