AUMENTOS

Habrá incremento salarial del 38% para tractoristas y cosechadores

La remuneración mínima será de $26.568 mensuales en el 1er trimestre del 2018 para el personal que se desempeña en el área de cereales y oleaginosos en todo el territorio nacional. Incluye también la recolección de arroz. En tanto, la resolución 2/18 de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario (CNTA) dispuso para esa actividad, a partir de enero de 2018, un salario mínimo mensual y diario de $20.428 y $899 para tractoristas y cosechadores. La norma de la CNTA indica además que debe abonarse un aporte no remunerativo mensual de $6139 entre los meses de enero y marzo de 2018.

Tractoristas y cosecheros cerraron con la Comisión Nacional de Trabajo Agrario (CNTA) un aumento salarial de casi 38%, más del doble del techo que pretende imponer el Gobierno nacional.
 
La Comisión Nacional de Trabajo Agrario (CNTA) fijó una nueva remuneración mínima para el personal que se desempeña como conductor tractorista y maquinista de cosechadoras de cereales y oleaginosas en todo el territorio nacional, lo que incluye también la recolección de arroz.
 
El aporte se considera como pago retroactivo de ajustes pendientes correspondientes al período comprendido entre agosto y diciembre de 2017.
 
La norma de la CNTA indica además que debe abonarse un aporte no remunerativo mensual de $6.139 entre los meses de enero y marzo de 2018.
 
Para la liquidación de enero de 2018, el total mensual por abonar (remunerativo + no remunerativo) quedó fijado en un mínimo de $26.568, el cual representa una cifra 58% superior a la vigente en enero de 2017, sostuvo un informe del sitio Valor Soja.
 
Entre abril y julio de 2018 –sin el aporte remunerativo– el salario mínimo para conductores tractoristas y maquinistas de cosechadoras de granos (incluyendo arroz) se fijó en $20.428, una cifra 22% superior a la vigente en ese período de 2017.
 
El ajuste promedio ponderado del período, primeros 7 meses de 2018, es del 37,7% con respecto a los valores mínimos fijados por la CNTA en enero a julio de 2017.
 
La resolución de la CNTA establece una "cuota solidaria" para Uatre del 2% mensual sobre el total de las remuneraciones devengadas en caso de que los trabajadores rurales no estén afiliados a Uatre.
 
Por otra parte, rige el artículo 38 de la Ley Nª 26.727 de Trabajo Agrario, vigente desde fines de 2011, que determina que los trabajadores permanentes deben recibir una bonificación por antigüedad equivalente al 1,0% de la remuneración básica por cada año de servicio cuando el trabajador tenga una antigüedad de hasta 10 años y del 1,5% cuando sea mayor a 10 años.

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