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El sueldo de los legisladores nacionales y una ley vigente de la Dictadura

Muchas líneas se han escrito, muchos minutos de radio y televisión se han gastado acerca del sueldo de los Diputados y Senadores Nacionales. Muchos colegas periodistas creen que descubrieron la América con este tema y pusieron el Congreso nuevamente en la mira de la sociedad. Pegarle al Congreso es fácil, a los jueces es más complicado.

Después de 27 años como Periodista Parlamenario sigo y seguiré defendiendo a la Institución Congreso de la Nación. Sin Parlamento no hay democracia. Sólo me queda decirles a mis colegas (algunos con buena intención... otros no tanto), que se volvieron a equivocar y esta vez en forma fulera e irresponsable. Malapraxis profesional.

En junio de 2017, el presidente de la Cámara de Diputados, Emilio Monzó (Cambiemos), firmó el más reciente aumento de los sueldos de los legisladores, luego del pedido de los jefes bloques de la Coalición Cívica, el Frente para la Victoria, PRO y UCR, entre otros. La resolución duplicó los gastos de representación (pasaron de $10 mil a $20 mil) y los montos que reciben los diputados para utilizar en pasajes (aumentó de aproximadamente $20 mil a $40 mil).

Los legisladores tienen un sueldo que se conforma de una manera particular: cobran

> una “dieta” o salario básico, que se actualiza por las paritarias de los empleados legislativos;

> una suma adicional por gastos de representación, un monto fijo determinado por la Presidencia de la Cámara;

> un dinero específico para gastar pasajes (20 aéreos y 20 terrestres de un tramo determinado) que, si no lo usan, pueden recibir en efectivo; y, finalmente,

> si un congresista vive a más de 100 kilómetros de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires percibe un plus por “desarraigo”, el cual se calcula como el 14% del total de su dieta.

Por estos aumentos, el sueldo de bolsillo (luego de pagar impuestos y demás descuentos) de un diputado nacional -si intercambiara todos sus pasajes por efectivo y no percibiera desarraigo- pasó de $107 mil a $135 mil (+26%). En el Senado ocurrió algo similar, según lo publicado por la web Chequeado.com/

En diciembre de 1983, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5º del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional, el por entonces presidente de la Nación argentina, Reynaldo Bignone, promulgó la Ley Nº 22.994 que establece que los Legisladores nacionales deben ganar la suma equivalente en la que, por todo concepto, perciba un Juez de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

La iniciativa facúlta a los presidentes de ambas Cámaras del Honorable Congreso de la Nación a determinar, en lo sucesivo, los porcentajes de la remuneración de los legisladores a los que se asigne carácter de dieta y de compensación por gastos y representación, y a disponer la actualización de dichas remuneraciones. El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará al Poder Legislativo Nacional. Asimiso el texto deroga la Ley N°20.990 de Agosto de 1975, que establecía la dieta parlamentaria y los gastos de representacion del Honorable Congreso de la Nación Argentina La Ley 22.994 está vigente.

Conclusión: en vez de $ 135.000 con canje de pasajes incluído, los legisladores nacionales deberían cobrar $ 286.000.

¿Los diputados y senadores desempolvarán esta ley olvidada?.... Las negociaciones recien comienzan y los periodistas de Corea Central, volvieron a equivocarse.

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