ACREEDORES MINORISTAS RECLAMAN POR SUS SENTENCIAS

Otra causa contra Argentina en la Corte de Nueva York perpetúa el default

No atraviesa por su mejor momento la economía del gobierno de Mauricio Macri a la vista de los organismos internacionales, como el Fondo Monetario Internacional y el Banco Mundial, y en el Morgan Stanley tampoco están tan decididos como hace un par de meses de sacar al país de la calificación de fronterizo y pasarlo a emergente. Y encima sucede en la Corte de Nueva York lo que veían venir y no hicieron nada para neutralizar: el incumplimiento de sentencias a antiguos bonistas que reclaman cautelares para recibir el mismo tratamiento que el que tuvieron los beneficiarios de los canjes del kirchnerismo y las concesiones a los fondos buitres y al grupo italiano de Nicola Stock en negociaciones extrajudiciales. Ahora, la jueza Loretta Preska, que ya había dado identidad a una carta de reclamo que le habían entregado al tribunal al respecto publicándola en su red social, debe decidir si da curso a los recursos de amparo que presentan minoristas de avanzada edad y con problemas de salud, que se sienten afectados por recibir trato discriminatorio pese a las sentencias favorables que tuvieron sus causas. El default, evidentemente, no se arregló pagándoles deudas y honorarios al puñado de influyentes fondos buitres que ayudaron a la Administración de Mauricio Macri a financiarse con la comunidad financiera internacional.

A pocos días de que el Morgan Stanley revise la calificación de la deuda argentina y defina si de fronteriza es pasada a emergente, una avalancha de nuevos pedidos de medidas cautelares contra la República ingresaron en el juzgado de Nueva York, patrocinados por la Asociación de Damnificados por la Pesificación y el Default (ADAPD).

Se trata de una presentación por incumplimiento de las órdenes que permitía continuar con el beneficio del levantamiento efectuada por minoristas que tenían sentencia firme desde antes de 2010 por juicios de primera generación del default de 2001, muchos de avanzada edad o problemas de salud, a los cuales el Gobierno, a diferencia de lo que hizo con la Asociación de Italianos o los Fondos Buitre, nunca quiso recibir y negociar.

El abogado de daminificados argentinos, Pablo Giancaterino, explicó que el planteo de los acreedores minoristas de ADADP es que la República Argentina sancionó una nueva Ley Cerrojo y, de la misma forma, que en 2005 y 2010 se incumplieron las órdenes del tribunal, concretamente uno de los dos requisitos que le impusieran el extinto juez Tomás Griesa y la Cámara de Apelaciones para beneficiar al país con el levantamiento de las medidas cautelares en abril de 2016.

En complemento, se le reclama a la jueza que vuelva a imponer las cautelares, que Argentina pague a prorrata y se aplique el pari passu (tratamiento igualitario) a los demandantes minoristas que se presentaron.

El ministro de Finanzas, Luis Caputo, y el secretario del área, Santiago Bausili, no aceptaron recibir y/o negociar pese a las decenas de pedidos que realizaron por intermedio de la Asociación de Damnificados por la Pesificación y el Default (ADAPD), y de forma individual ante la cartera mediante sendos recursos administrativos y ante el entonces mediador Daniel Pollack, señala Giancaterino.

En todo caso, las nuevas cautelares son exigidas en virtud de que Argentina levantó la emergencia económica y a que ha quedado documentado que la 27249 es una nueva Ley Cerrojo, votada por el Congreso por recomendación expresa de Alfonso Prat Gay, Luis Caputo y Eugenio Bruno.

El primer requisito para el levantamiento de las cautelares fue el pago de los acuerdos con los fondos buitres y a un grupo de italiano de la Asociación orientado por Nicola Stock, que fueron premiados con cientos de millones de honorarios, celebrados “supuestamente” en febrero de 2016 antes que la Ley Cerrojo fuera derogada por el Congreso.

El segundo requisito fue la derogación de todos los obstáculos legislativos que impiden una negociación con los demandantes, incluida la Ley Cerrojo y la Ley de Pago Soberano.

La Cámara de Apelaciones confirmó el cumplimiento del segundo requisito cuando Argentina sancionó la Ley 27.249 que derogó la Ley Cerrojo y de Pago soberano y envió los actuados al juez de Primera Instancia para que verifique si la Argentina incumplía el segundo requisito.

La Ley 27.249 llevada de la mano de los negociadores al Congreso fue en realidad el blanqueo de una promesa que habían hecho a los acreedores beneficiados desde 2013, un selecto grupo de bancos y brokers dealers: la oferta mejoraba las condiciones de los canjes de 2005 y 2010.  

Cumplir compromisos antes que sentencias

Cuando el presidente Mauricio Macri prometía en campaña cumplir las sentencias, nadie podía imaginar que la oferta tenía otro fin, dirigido a acreedores y fondos con o sin sentencias, apuntan desde ADADP.

En definitiva, la ley terminó siendo un nuevo cerrojo similar a las sancionadas en 2005 y 2010, pero sin llamarse de ese modo.

La oferta de la Ley 27249 es cerrada, no negociable y el valor es similar a la oferta de 2010, salvo para aquellos fondos que recibieron honorarios millonarios o bien multiplicaron intereses con la anterior legislación. “La supuesta quita que no tiene incidencia cuando multiplicaron intereses”, advierten.

En contraposición, la ADAPD y sus abogados no aceptaron negociar antes que la Ley Cerrojo fuera derogada. “Simplemente porque la invitación de los ahora funcionarios no era legal en ese momento”, como no se cansa de aclarar Giancaterino.

Y cuando se presentaron a negociar, luego que la Ley fuera derogada, en el Ministerio y los mismos funcionarios que desde la actividad privada los incitaban a negociar no los recibieron.

Luego se presentaron ante el mediador Pollack quien tuvo mejor predisposición, pero luego de una decena de intentos, Bausili les contestó que la oferta base no era negociable, siendo que es la más baja de todas las ofrecidas y alcanza quitas de 60%.

A diferencia de la Asociación Italiana de Stock y los casos de los fondos buitres, estos acreedores minoristas sí tienen sentencias firmes contra la República en Nueva York, pero aún así Argentina no reconoce honorarios ni costas, como en los demás casos sin sentencia.

Durante el tratamiento de la Ley de Pago Soberano, el Pro insistió en el cumplimiento del derecho internacional. Pablo Tonelli y Federico Sturzenegger argumentaron sobre el cumplimiento de sentencias.

Prat Gay sostenía la teoría de insistir con negociaciones que el los hechos ya venían sucediendo. Ya estaban en marcha en privado por intermedio de su abogado Eugenio Bruno quien fuera nombrado en el Ministerio de Hacienda y Finanzas cuando asumió Prat Gay.

Debido a esa estrategia, los juicios en Nueva York continuaron. Argentina es el único país que, en lugar de pagar sentencias, canceló deudas con los fondos buitres, tuvieran o no fallo judicial. Fue el reflejo de una Ley que llegó desde un estudio privado de la City y fue aprobada mediante presión política por el Congreso Nacional.

Actualmente, en Nueva York hay distintos tipos de juicios: los de primera generación y de segunda, originarios del Pro.

Uno de los primeros en reclamar por la nueva Ley Cerrojo del Pro fue el fondo Bainbridge_Fund_LTD en agosto de 2016. Inmediatamente, Argentina lo invitó a negociar.

Desde 2016, los abogados del Fondo y los que representan al país impulsaron juntos pedidos de prórroga para continuar las tratativas.

El planteo de Bainbridge_Fund_LTD fue similar a los actuales. La diferencia es que ahora la Ley de Emergencia con la cual Argentina se defendía fue derogada.

En todo caso, la época de negaciones terminó y la jueza Loretta Preska deberá decidir el desenlace de estos casos que llevan 2 años y medio sin resolución

Luego de estas primeras presentaciones, otro acreedor (caso Bugliotti) con un planteo más aventurado y de segunda generación, sin sentencia, intentó algo similar copiando a los minoristas de ADADP, señalan voceros de esa entidad.

Se trata de otro tipo de planteo, sin sentencia, al que Argentina se opone por falta de jurisdicción. Es un acreedor de segunda generación apoyado localmente por el estudio de Horacio Liendo.

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