AUMENTÓ UN 40%

Por unanimidad la Corte rechazó "per saltum" en reclamo por tarifazo de gas

La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió este martes 10/07, y por unanimidad, rechazar el recurso extraordinario por salto de instancia presentado por una asociación de consumidores con el objeto de que se avoque al tratamiento de la medida cautelar solicitada a fin de suspender la vigencia del cuadro tarifario del año 2017 del servicio de suministro de gas natural para todo el país. En abril de este año, el gas aumentó un 40%. En dos años los aumentos tarifarios llegaron al 1000%.

La judicialización de los aumentos de los servicios sumó este martes un nuevo capítulo. En esta oportunidad, la Corte Suprema rechazó un recurso extraordinario de una asociación de consumidores que pretendía que el tribunal tratara una cautelar para suspender la suba del gas a través del trámite de "per saltum".
 
El "per saltum" es un recurso excepcionalísimo por el cual se saltean las instancias intermedias y es el tribunal superior el que resuelve directamente la cuestión de fondo.
 
" La mencionada medida cautelar había sido rechazada por el Juzgado Federal de Junín y el tratamiento de los recursos de apelación planteados en contra de dicha decisión había sido suspendido por la Cámara Federal de La Plata a las resultas de lo que se resolviera respecto de la cuestión de competencia generada, en la causa principal, entre el juzgado federal mencionado y la Justicia Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal de esta ciudad." 
 
Y agrega: Dicho conflicto de competencia, de acuerdo con lo decidido por la Corte Suprema el pasado 19 de junio en la causa FLP 578/2018/CS1 - CA1 “EN- M° Energía y Minería c/ Dirección de Recursos Humanos y Defensa al Consumidor de la Municipalidad de Leandro N. Alem s/ inhibitoria”, debe ser dirimido por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.", dice el comunicado del Centro de Información Judicial.
 
La Corte Suprema consideró inadmisible el per saltum interpuesto por la Asociación Civil de Consumidores “Defendete” Sin Fines de Lucro, al no encontrarse reunidos los requisitos de procedencia reglados en el artículo 257 bis del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación según explica la justicia. 
 
La presentación que había disparado el pedido por los aumentos en la tarifa del gas de 2017 ya había sido rechazada por el Juzgado Federal de Junín. El tratamiento de los recursos de apelación planteados contra esa decisión había sido suspendido por la Cámara Federal de La Plata a las resultas de lo que se resolviera respecto de la cuestión de competencia generada, en la causa principal, entre el juzgado federal mencionado y la Justicia Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal de esta ciudad. 
 
Desde abril se puso en marcha una nueva ronda de aumentos en las tarifas de gas para todo el país, en línea con el plan del Gobierno para reducir los subsidios públicos a los consumidores y recomponer la ecuación económica de las compañías que prestan el servicio, tras años de congelamiento en sus ingresos.
 
Los aumentos representan un ajuste promedio en la factura del orden del 32% a nivel nacional, con máximos de hasta el 40%. Este ajuste se suma al incremento del 45% que aplicó el Gobierno en diciembre del año pasado.
 

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