SIENTA PRECEDENTE

ARBA acatará el inédito fallo que da licencia por maternidad a una no gestante

Ante el fallo del Juzgado Contencioso Administrativo N° 1 de La Plata que le ordenó al gobierno bonaerense brindar el derecho a 90 días de licencia a Malena Díaz Reck, madre no gestante, desde la Agencia de Recaudación confirmaron que obedecerán lo resuelto. De esta manera, en la provincia de Buenos Aires se siente un precedente que se suma al de la Ciudad y la provincia de Río Negro, donde ya adaptaron la normativa para casos de matrimonios igualitarios.

 
El Juzgado Contencioso Administrativo N° 1 de la ciudad de La Plata falló a favor Malena Díaz Reck, una trabajadora de ARBA que había iniciado una demanda contra el gobierno bonaerense porque le negaba la licencia por maternidad de 90 días. Ante esta situación, desde el organismo provincial afirmaron que acatarán lo resuelto por la justicia.
 
De este modo, a raíz del fallo, además de otorgarle la licencia, deberán modificar la normativa en la Legislatura Provincial para que las licencias en el sector público bonaerense contemplen las nuevas conformaciones familiares.
 
"El modelo de familia patriarcal que refleja la ley 10.430, donde el rol de la mujer estaba destinado al cuidado y crianza de los hijos, mientras que el varón debía trabajar para proveer los alimentos, queda en evidencia al otorgar tan disimiles días de licencia a uno y otro caso", versa el fallo, según publica el sitio bonaerense 'Infocielo'.
 
Y agrega: "Es imperioso en este sentido que la legislatura local avance en el dictado de una normativa que contemple esta nueva realidad de conformación familiar y de parentesco de un modo inequívoco, con la finalidad de evitar la reiteración de conflictos de esta naturaleza".
 
Malena y su pareja Natalia serán madres dentro de un mes, por lo que solicitó en ARBA, donde trabaja desde 1999, la licencia por maternidad como madre no gestante, pero quisieron darle licencia por paternidad.  Ella denunció discriminación por parte del gobierno bonaerense ya que "es una respuesta discriminatoria ya que yo no me considero una persona de género varón y no voy a ser padre. Yo soy mujer y voy a ser madre".
 
Sin embargo, desde el organismo provincial habían cumplido con los procesos habituales e incluso consultaron a la Asesoría de Gobierno y las respuestas se brindaron en función de la normativa vigente. Por lo que evidenció que este tipo de casos no estaban contemplados en la legislación.
 
En Capital Federal y la provincia de Río Negro ya adaptaron la normativa para casos de matrimonios igualitarios. De todos modos, en la provincia de Buenos Aires todavía existe un vacío legal al respecto por lo que, en cada caso se decide qué curso darle a cada presentación.
 
"El argumento que plantean es que la licencia por maternidad se otorga por la necesidad del descanso y recuperación que requiere la mujer con motivo del parto. Es un fundamento que claramente se basa en la productividad de esa trabajadora, en función de recuperarse para volver a trabajar lo más rápido posible y no en la importancia del cuidado del recién nacido en los primeros meses de vida, pasando tiempo juntos, generando los vínculos de amor y contención necesarios para el desarrollo del bebé", dijo Malena.
 

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